IU presenta Moción para la ejecución de la sentencia 00209/2014 del Juzgado Nº 2 que estima el recurso de IU y declara nulo el acuerdo de gestión del servicio público de Laboratorio Municipal por la Sociedad mixta Aguas de

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El pasado 20 de diciembre de 2012 el pleno del Ayuntamiento acordó, con los únicos votos del Partido Popular, el traspaso de la gestión del servicio público del Laboratorio Municipal a manos de la Sociedad Mixta Aguas de Albacete. Este traspaso, que, en principio, se denominó “integración del Laboratorio Municipal en Aguas de Albacete” formaba parte del conjunto de medidas de recortes, privatizaciones y cierres de servicios contemplados en el Plan de Ajuste 2012-2022. Huelga decir que, si bien Izquierda Unida siempre ha estado en contra, y está, del referido plan por lo que ha supuesto para los servicios y trabajadores/as municipales, no menos preocupante y atropellado ha sido el desarrollo del mismo. El equipo de gobierno ha tenido que enmendarse a sí mismo, rectificar, abandonar algunas medidas, aplazar otras y corregir sobre la marcha el referido plan. Y es en este contexto de improvisación y de desgobierno que se gesta la privatización del Laboratorio Municipal.

Este proceso siempre ha tenido nuestro rechazo por dos principales razones. Primero porque se trata de una medida del Plan de Ajuste que supone la externalización de un servicio público -no compartimos la idea privatizadora del PP- y, segundo, porque no nos parecía razonable ni riguroso que el control de calidad de agua de abastecimiento y consumo humano, deba realizarla la misma empresa que distribuye el agua de consumo en el municipio de Albacete.

El equipo de gobierno, a nuestro entender, actuó irresponsablemente cuando afirmó que una vez Aguas de Albacete prestase la totalidad de los servicios del laboratorio se optimizarían y unificarían los dos recursos. Afirmaban (y así consta en el Plan de ajuste) que “se prevé por tanto, la integración del Laboratorio Municipal en Aguas de Albacete con efectos del 1º de enero de 2013 (…) La aplicación de esta medida supondría un ahorro en el ejercicio 2013 y siguientes por importe de 200.000”.

Nada más lejos de la realidad, ni la sociedad mixta presta la totalidad de los servicios que antes gestionaba el Laboratorio Municipal, así lo afirma la sentencia 00209/2014, ni se cumple ni cumplirán con el objetivo de ahorro presupuestario de unos 200.000€, como se desprende de la ejecución presupuestaria del año 2013.

Además de las premisas anteriores, en el recurso interpuesto por IU contra este acuerdo, exponíamos suficientes argumentos, tanto de fondo como de forma, como para que el gobierno municipal diese marcha atrás con sus intenciones privatizadoras y valorase otras alternativas para mejorar la gestión del citado laboratorio.

Entre otras cosas advertíamos que el acuerdo adoptado era nulo del pleno derecho al no seguir el procedimiento legalmente establecido para la adopción de dicho traspaso de gestión pública a privada, toda vez que según RD 4/2013: “Corresponde a los municipios el autocontrol de la calidad y el control en grifo del agua que consume la población en su municipio”.

Otro aspecto legal que considerábamos vulnerado en el traspaso es la concesión directa -a una empresa que aunque mixta sólo el 26% es de titularidad pública-, sin publicidad, proceso de licitación o procedimiento alguno. Denunciábamos que en todo momento se estaba actuando como si la mera elección entre la forma de gestionar un servicio, pasando de su gestión directa a la indirecta, no necesitará más control y transparencia que el acuerdo del equipo de Gobierno de turno.

Y por último, otro argumento expuesto es el artículo 37.4 del Pliego de Condiciones económico administrativas que sirvió de base para la adjudicación del servicio de Aguas de Albacete que establecía: “El Ayuntamiento se reserva el derecho de encargar al concesionario la realización de las campañas de control de la calidad o las determinaciones analíticas que estime oportunas en aquellos casos en los que el Ayuntamiento carezca de medios propios”…pues bien tales extremos tampoco se cumplían toda vez que no estábamos ante ninguna campaña de control de calidad y, además, el Laboratorio Municipal venía funcionando en Albacete desde 1982 como servicio público “propio”.

El Juzgado contencioso administrativo nº 2 de Albacete estima nuestro recurso en todos sus términos y declara en la sentencia 00209/2014 del 6/10/2014 que el procedimiento seguido no se ajusta a derecho. El fallo es claro y contundente: declara la “nulidad de la resolución recurrida al existir un vicio de nulidad inicial al haber olvidado en la decisión los principios de publicidad, concurrencia e igualdad que deben regir la adjudicación de la gestión de un servicio público, como el que el Ayuntamiento de Albacete lleva cabo con el Laboratorio Municipal”. Además de que la propia sentencia estima que Aguas de Albacete no cubre la totalidad de los servicios antes prestados por el Laboratorio Municipal.

Para IU estamos frente a una sentencia con argumentos irreprochables. De su análisis se desprende que el equipo de gobierno municipal ha actuado con absoluta irresponsabilidad, saltándose la normativa, esto es, la ley y el derecho, enajenando un servicio público a una empresa privada sin garantizar la totalidad del servicio prestado y sin cuantificar el coste para la ciudadanía. Pensamos que la garantía de un servicio público en condiciones de fiabilidad y de calidad debe estar por encima de cualquier otra variable económica, máxime cuando se ha demostrado que el ahorro presupuestario no ha sido tal.

Desde este Grupo Municipal consideramos que lo más rentable para una buena gestión de los recursos públicos y lo mejor para la ciudadanía de Albacete, es decir para el interés general, es que el equipo de gobierno siga las indicaciones de los juzgados y proceda a la ejecución de la sentencia.

Creemos que prolongar este litigio legal sería una irresponsabilidad más del gobierno municipal del PP, que no beneficiará a este consistorio ni en términos legales, (de seguridad de prestación de un servicio público en términos de control de calidad) ni en términos económicos. El juez constata en la sentencia como el Ayuntamiento ha atribuido la gestión del Laboratorio Municipal a la empresa Aguas de Albacete, S:A "sin haber seguido ningún procedimiento legal" obviando los principios de publicidad, concurrencia e igualdad que deben regir la adjudicación de la gestión de un servicio público, hecho indubitado que impide la formulación de un recurso de apelación con mínimas garantías de éxito al carecer de razones jurídicas que lo justifiquen y que con toda probabilidad será íntegramente desestimado por el TSJ con la subsiguiente condena en costa al Ayuntamiento, motivos por lo que se desaconseja recurrir, pues supone un despilfarro económico que al final pagaremos todos los ciudadanos.

Por todo lo anterior, vista y examinada la sentencia descrita, el Grupo Municipal de Izquierda Unida en el Ayuntamiento de Albacete propone al Ayuntamiento Pleno la adopción de los siguientes acuerdos:

1.- El Pleno del Ayuntamiento de Albacete acuerda realizar la ejecución de la sentencia nº 00209 del juzgado contencioso administrativo no. 2 notificada el 8/10/201 por la que se declara nulo el acuerdo plenario por el que se aprueba la gestión del servicio público de Laboratorio Municipal por la Sociedad Mixta Aguas de Albacete, con las consecuencias legales a ello inherentes, esto es revertir el Laboratorio Municipal a titularidad municipal.

2.- En caso de que ya se hubiese recurrido la sentencia por parte del Ayuntamiento se acuerda desistir del recurso interpuesto y acometer las acciones legales jurídicas pertinentes para producir los efectos de remunicipalización del servicio anteriormente expuestos.

3.- Dar traslado de estos acuerdos a la Sociedad Mixta de Aguas de Albacete y a los representantes de los trabajadores de este Ayuntamiento.