UNIDAS PODEMOS-IU PROPONE ACABAR CON LA DISCRIMINACIÓN DE LAS PAREJAS DE HECHO EN EL ACCESO A LA PENSIÓN DE VIUDEDAD.

La legislación actual establece requisitos específicos y restrictivos a las parejas de hecho, con respecto a las casadas, para acceder a la pensión de viudedad.

En la provincia de Albacete hay actualmente unas 10.300 parejas de hecho registradas.

La moción que se debatirá en el próximo pleno de la Diputación, a celebrar el próximo jueves 6 de febrero, pretende que se garantice la igualdad de trato entre las parejas de hecho y las casadas en el acceso a la pensión de viudedad.

Las personas registradas oficialmente como uniones de hecho, que sobreviven a su pareja, experimentan en nuestro país una discriminación en el acceso a la percepción de la pensión de viudedad respecto a los que eligen el matrimonio como modo de convivencia, ya que al miembro superviviente en la pareja de hecho se le exigen requisitos para la percepción de la pensión que no son contemplados en los supuestos en que la pareja se formaliza de conformidad con las normas que regulan el matrimonio. Esta diferencia de trato no tiene causa objetiva que actualmente la justifique.

 

De acuerdo con la Ley General de la Seguridad Social, modificada en el año 2007, el miembro superviviente de la pareja de hecho deberá acreditar, para percibir la pensión, que sus ingresos durante el año natural anterior no alcanzaron el 50% de la suma de los propios y de los del fallecido durante el mismo periodo, o el 25% en el caso de inexistencia de hijos comunes con derecho a pensión de orfandad.

 

Esta regulación supone una doble discriminación. De una parte, se exige que el miembro difunto de la pareja haya ganado un euro más que el superviviente para poder percibir la pensión, requisito que no se exige al cónyuge que sobrevive en el matrimonio. De otra parte, se establecen unos requisitos diferentes en el supuesto de que no existan hijos comunes con derecho a orfandad.

 

De acuerdo con los datos del Instituto Nacional de Estadística, en el año 2018 había en España registradas 1.631.300 parejas de hecho frente a 9.663.000 parejas casadas. Ello supone que un 16,88 % de la población opta por inscribirse en un Registro Oficial de Parejas de Hecho, frente al 83,12% que optan por el matrimonio. No existe razón para discriminar a estas parejas.

 

Según ha manifestado José Ignacio Díaz Huedo, Portavoz del grupo Unidas Podemos-IU, “esta discriminación también se hace visible en la provincia de Albacete, donde en el año 2018 había registradas 84.000 parejas casadas y 10.300 parejas de hecho, es decir el 10,92% de las parejas optan por esta opción y podrían resultar afectadas por la actual regulación”.

 

Dado que en nuestro país el número de viudas es muy superior al de viudos (Según los datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a 1 de diciembre de 2019 había 2.179.545 viudas que cobraban la pensión, frente a 187.229 viudos preceptores de la misma), en la práctica, la norma implica una doble disrciminación y trato desigual de la mujer en nuestro Ordenamiento Jurídico y vulnera Directivas Europeas de obligado cumplimiento para el Estado español.

 

Los acuerdos concretos que propone la moción son los siguientes:

 

1.- Instar al Gobierno de España a promover la modificación de la Ley General de la Seguridad Social y demás normas que resulten necesarias para garantizar a los miembros de las parejas de hecho el acceso a todas las prestaciones o pensiones vinculadas a situaciones de viudedad, en las mismas condiciones que a los cónyuges en los matrimonios civiles.

2.- Exigir la retroactividad de estas modificaciones para las familias afectadas por esta discriminación desde la entrada en vigor de la Ley 40/2007, el 1 de enero de 2008.

3.- Trasladar el acuerdo al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.